ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES

ASPECTOS A TENER EN CUENTA

INTRODUCCIÓN

Con este documento pretendemos informar y asesorar a las AMPAS de todos los aspectos a tener en cuenta en la organización y realización de las actividades extraescolares.
Desde la incorporación de la jornada única al calendario lectivo de los centros educativos de la Comunidad Cántabra , las AMPAS se han visto obligadas, en la mayoría de los Centros, a responsabilizarnos de la planificación, organización y gestión de las actividades extraescolares para garantizar una oferta educativa complementaria en el horario de tarde.
Cuando se nos ofreció las jornada lectiva continuada, los proyectos elaborados para la propuesta de los centros, llevaban incorporados la oferta de realización de actividades de tarde tuteladas por el profesorado, como quiera que esto no se llevó nunca a efecto las asociaciones de madres y padres nos vimos obligadas a asumir esa labor.
Es importante conocer que en las normas que regulan nuestra labor en los centros educativos, la realización de actividades extraescolares es una más de nuestras competencias y en todo caso no la más importante.
Nuestras organizaciones, a través de sus federaciones y confederaciones, vienen reivindicando, desde hace muchos años, la necesidad de que las administraciones públicas asuman las responsabilidades y competencias en materia de actividades extraescolares.
Hasta el momento que logremos hacer realidad esta reivindicación, no nos queda otro remedio que seguir asumiendo esta responsabilidad para garantizar al alumnado y sus familias el servicio complementario que cumple una función de extraordinaria importancia educativa y social, pero es necesario regular nuestro trabajo con el fin de someternos a la normativa vigente.
Este documento expone de forma breve y sencilla las cosas que siempre deben tener presentes las AMPAS para la organización de las actividades extraescolares.

QUE SON LAS ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES

Son aquellas actividades que no forman parte de los planes de estudio y se realizan fuera del horario lectivo. Tienen como fin complementar la formación integral del alumnado.
Son voluntarias para el alumnado y el profesorado.

QUIENES PUEDEN ORGANIZARLAS

Las administraciones públicas (Consejería de Educación, Ayuntamientos y Cabildos, AMPAS y otras organizaciones).
Pueden ser gratuitas, por estar subvencionadas o pagadas por el alumnado que las realiza. Se debe tener siempre en cuenta que ningún/a alumno/a se debe quedar fuera de una actividad por cuestiones económicas.

QUE REQUISITOS DEBEN CUMPLIR

Se debe elaborar un proyecto que recoja todos los aspectos de la actividad o actividades a realizar:

• Objetivos.

• Temporalización.

• Recursos.

• Monitores.

• Alumnado.

• Infraestructura.

• Responsabilidad.

QUIEN APRUEBA SU REALIZACIÓN

El Consejo Escolar del Centro.
Deben incluirse en la Programación General Anual.

A QUIENES VAN DIRIGIDAS

Al del centro educativo donde se imparten.

DONDE SE IMPARTEN

En el centro o fuera de él.
El proyecto debe reflejar el lugar y la infraestructura necesaria para la realización de la actividad.

COMO DEBE SER LA RELACIÓN CON LOS MONITORES

La relación con los/as monitores/as que imparten las actividades extraescolares, que realizan las AMPAS, debe ser una relación de servicio, es decir, ellos y ellas nos prestan un servicio a nuestra organización y les abonamos una cantidad de dinero determinada como pago por el mismo.
Se nos debe entregar una factura (no recibo) como justificante de nuestro pago.
Los monitores y monitoras deben estar dados de alta como autónomos o en todo caso pertenecer a una empresa de servicios que será la responsable del servicio que se nos presta.

IMPORTANTE: Todo esto que comentamos es lo que recogen las normas laborales.

En todo caso las AMPAS son organizaciones autónomas y con personalidad jurídica propia y por tanto es libre de hacer las cosas como estimen oportunas, pero también son responsables de todos sus actos.

QUE SEGURO CUBRE A LOS PARTICIPANTES EN LAS ACTIVIDADES

Teniendo siempre presente que hablamos de actividades que realiza el alumnado de la escuela pública y en centros públicos, el seguro de cada uno de ellos/as es el mismo que en el horario lectivo, es decir la seguridad social de sus familias.
Por tanto las AMPAS para el desarrollo de las actividades extraescolares deberán solicitar al alumnado que asista a ellas la fotocopia de la cartilla sanitaria de sus familias.

COMO SE DA COBERTURA A LA RESPONSABILIDAD CIVIL DE LAS AMPAS

La Consejería de Educación, del Gobierno de Cantabria, tiene suscrita una póliza de seguros para dar cobertura a la responsabilidad civil de las AMPAS que realizan actividades extraescolares.

ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES

Son actividades que complementan los programas obligatorios (dentro o fuera del horario lectivo) y que se ofrecen en un centro educativo. Conviene diferenciar los dos términos, para que no haya lugar a errores de interpretación

ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS

Son actividades curriculares, se realizan en horario lectivo o no lectivo (visitas culturales, charlas, talleres, etc.). Normalmente son propuestas por el claustro e incluidas en la PGA. Son de obligado cumplimiento para el profesorado y el alumnado. Puede colaborar la AMPA en su desarrollo.

ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES

Aquellas no incluidas en los planes de Estudio encaminadas a procurar la formación integral del alumnado que se realizan fuera del horario lectivo. Estas son voluntarias para el profesorado y para el alumnado. Algunas son gratuitas y para otras, los alumnos participantes deber pagar una cuota, aunque NUNCA ningún alumno debe quedarse fuera de la actividad por cuestiones económicas. El Consejo Escolar tiene que estar informados de todas las actividades extraescolares.
Cuando es la AMPA quien organiza una oferta de actividades extraescolares deberá tener en cuenta el carácter NO LUCRATIVO de la Asociación y contemplar la planificación de éstas desde una perspectiva educativa, igualitaria e integradora. Cuando ofertamos actividades a los padres para sus hijos, lo que hacemos -en realidad- es facilitarles el acceso o la cercanía de recursos educativos que ya existen en el entorno, en todo caso negociando a la baja el coste de las mismas en su beneficio.

SUBVENCIONES PARA LAS AMPAS

La Consejería de Educación es la primera institución con obligatoriedad de colaboración económica o de otro tipo de recursos con las asociaciones y entidades que presenten proyectos de actividades, abiertos a padres/madres y alumnos/as y no para uso exclusivo de sus socios.

Formas de enterarse:

– Las convocatorias normalizadas aparecen en el B.O.C. (Boletín Oficial de Cantabria), en el B.O.E.(Boletín Oficial del Estado) y también por la prensa.

– Los Ayuntamientos. a veces, tienen ayudas anuales fuera de las clásicas épocas de actividad (fiestas locales,….). Muy importante para grupos con actividades estables. Subvencionan cultura, juventud, becas de investigación,….